martes, 10 de septiembre de 2013

Salvador Allende


Mañana es el 
día del maestro, será en honor a la partida de un grande como lo fue Salvador Allende? Cuando el pueblo accede al poder e inclina la balanza, desde siempre del lado de los poderosos, las oligarquías nacionales, apoyadas por las internacionales, asaltan la democracia. Secuestran, torturan y matan al pueblo... alegando que allí algo no funciona. Eso ha pasado durante todo el siglo XX. 

El 11 de septiembre de 1973 se produjo un golpe de estado en Chile, la derecha no pudo contener sus ganas de volver al estado anterior... la derecha no pudo aguantar que el pueblo se hiciera gobierno, que un hombre de izquierda llevara los destinos de la patria, apuntando a la grandeza espiritual y material.

Salvador Allende no quebrantó el Estado de Derecho, como dijo Piñera. El golpe se produjo porque Allende quebrantó el Estado de la derecha.

A 40 años del golpe...

Viva Allende! Vivan los trabajadores! Vivan los Pueblos Unidos de Suramérica!!!

lunes, 24 de junio de 2013

Kirchnerismo-antikirchnerismo

Introducción

El presente trabajo analizará el nuevo clivaje “kirchnerismo-antikirchnerismo” desarrollado durante la última década, como superación al “peronismo-antiperonismo”, predominante desde la segunda mitad del siglo XX. Se analizará el rol de los partidos integrantes del sector antikirchnerista, en cuanto a sus alianzas, programas y propuestas; y su rol como oposición, haciendo principal hincapié en las elecciones presidenciales comprendidas entre 2003 y 2013. Se intentará demostrar que la crisis de representación política que vio como su punto más álgido el año 2001, sigue estando presente en los sectores no kirchneristas.

Elecciones generales de 2003

El kirchnerismo nace el mismo día en que Néstor Carlos Kirchner asume la Presidencia de la Nación. El 25 de mayo de 2003, en un discurso inaugural que no tiene desperdicio, comenzó el camino de un proyecto nacional y popular que no se vio desde el peronismo de mitad del siglo XX. En una elección compleja y con un campo diversificado, en candidatos y en votos obtenidos por los mismos, era la primera elección que se llevaba a cabo luego del caos vivido a fines de 2001. En el cual, la Argentina se vio sumergida en un crisis política, económica y social nunca antes vista. En las elecciones intermedias de ese mismo año se vivió el malestar social en lo que se denominó el “voto bronca”, obteniendo en muchos casos, más votos que el candidato triunfador. Aquí se ve un claro ejemplo de la crisis de representación. “La crisis de la política está atravesada por la emergencia de un doble fenómeno, la deslegitimación y la desinstitucionalización de la política… [las cuales] se engloban en la idea de la impugnación de la política” (Quiroga, 2005: 331)[1]. Tras esto, el partido que salió más debilitado, al igual que en 1989, fue la UCR.

Volviendo a 2003, la elección presidencial tuvo 3 formulas peronistas, las que encabezaron: Carlos Menem (Frente por la Lealtad), Néstor Kirchner (FPV) y Adolfo Rodríguez Saá (Alianza Movimiento Popular Unión y Libertad). Esto fue posible por la Ley de Lemas, pero en este caso, fue presentada como “reformada”, para que el candidato más votado no accediera a la Primera Magistratura, y se llegara a una segunda vuelta entre los dos candidatos con mayor caudal de votos, suponiendo que ninguno alcanzaría más del 45% o los 40 puntos con más de 10 de diferencia respecto al segundo. Por otro lado, el sector antiperonista, debilitado y sin muchas expectativas de triunfar, se presentaron: Elisa Carrió (ARI), Ricardo López Murphy (Recrear) y  Leopoldo Moreau (UCR), entre otros[2]. El Candidato más votado fue Menem, el cual obtuvo el 24,45%, secundado por Kirchner con el 22,24%. Entre los 3 candidatos peronistas, obtuvieron el 60,8% del electorado. López Murphy obtuvo el tercer lugar, con 16,37, Carrió el 14,05% y la UCR un pobre 2,34%. Menem no se presentó al ballotage, y Kirchner fue automáticamente electo Presidente. Esta fue una estrategia del ex presidente, debido a que las encuestas daban un triunfo aplastante de Kirchner, y para que el Gobierno que comenzara en mayo de 2003 lo hiciera debilitado frente a la opinión pública por haber llegado con tan poco caudal de votos. Por esto, se dice que “el kirchnerismo es un resultado casi casual de la crisis del 2001. Se impuso con el 22% de los votos y el concurso del aparato duhaldista” (Natanson, 2009: 135)[3]. En esta elección vemos claramente el binomio peronismo-antiperonismo, en donde de un lado del mismo se encuentran 3 candidatos peronistas, los cuales se presentan a elecciones con los símbolos y bajo el rótulo peronista, lo cual implica una doctrina, una historia, una identidad; y un sector que quiere escapar del fracaso de Partido Radical y de la Alianza, que no presenta un programa o un proyecto. Los candidatos apelan a su historia familiar, a su honestidad, a la emotividad, a los valores, a la ética y a la identificación personal del electorado con su persona, como si el candidato fuera uno de ellos, en otro lugar, pero con los mismos intereses. El sector antiperonista no se define ni siquiera políticamente, un claro ejemplo es el caso de López Murphy, en donde dice en un slogan publicitario “que me dicen de derecha, ni de izquierda, del medio… de esa gigantesca clase media”, asegurando que la clase media, lo es, por su tendencia de pensamiento político moderado. Esto cabe perfectamente en lo que Manin denomina “democracia de audiencia”, debido a la estrecha relación entre la democracia y los medios de comunicación. Donde, debido a la merma de las ideologías (que en el caso argentino no podría considerarse como el clivaje izquierda-derecha, debido a que el clivaje que circunscribió la historia reciente es peronismo-antiperonismo), los candidatos se muestran como actores, líderes, con condiciones para afrontar las necesidades de los ciudadanos y, en este caso, del país. No se presentan programa detallados, como se hacía anteriormente, y se apela a la imagen como herramienta fundamental decisoria de una elección[4]. El votante es visto como un cliente al cual tendría que convencerlo de comprar tal o cual producto, tal o cual candidato.

Las funciones de los partidos políticos que describe Peter Mair (en ¿Hay futuro para los partidos?) no se cumplen en la situación analizada. Los partidos políticos no logran integrar y movilizar; representar la expresión y unión de intereses; como tampoco, la formulación de programas políticos. Debido a que estas tres funciones no se cumplen, son las que determinan  la crisis de representación de los partidos políticos, o alianzas de los mismos, en el sector antikirchnerista. Sin embargo, hay otras dos funciones de las cinco, las cuales se deberían cumplir en todos los casos, siendo las siguientes: función procesal, en lo que respecta al reclutamiento de jefes y la función organizativa, dentro del parlamento y el gobierno.

Peter Mair dice al respecto “si su rol representativo está en declive, su rol procesal queda siempre como esencial […] reivindicando su fundamental legitimidad como garantía de una forma de democracia extendida, transparente y responsable” (Mair, 1999: 1)[5].

La gran diversificación del voto muestra a las claras las crisis política y de representación que se vivía en esa época. 

Elecciones generales de 2007

Luego de la consolidación de la democracia, y la estabilidad lograda por Néstor Kirchner en el Ejecutivo Nacional, refrendada en las elecciones intermedias de 2005, en donde el FPV salió triunfante, obteniendo el 29,9% de sufragios en la lista de  Diputados Nacionales, lo que representó 50 bancas de 127 y el 45,1% en la de Senadores Nacionales, obteniendo 14 escaños de los 24 en juego, se celebraron las elecciones presidenciales de 2007. El FPV, fortalecido y unido, presentó la fórmula Cristina Fernández de Kirchner – Julio Cleto Cobos. Esto marcaba la alianza entre los partidos que conformaban el FPV con un sector del  radicalismo, denominados radicales k. Esto fue un acuerdo que se estableció en todo el territorio nacional, en los cargos nacionales, provinciales y municipales. El radicalismo daba una clara muestra de la desunión de sus filas, la cual aún no ha sabido resolver.

En esta elección es en donde el peronismo comienza a fracturarse, luego de más de medio siglo funcionando como una partido unido y orgánico, en el cual las internas determinaban los candidatos, y los que perdían “acompañaban”[6]; y comienza a esbozarse un nuevo clivaje, kirchnerismo-antikirchnerismo. Este clivaje se conformará definitivamente un año más tarde, con la “crisis del campo”, en donde el Gobierno Nacional intentó, sin éxito, subir las retenciones de las exportaciones de la soja al 35%, y disminuir la del trigo y el maíz. Lo que provocó no solo un desmembramiento dentro del peronismo, sino que impulsó la salida del sector radical aliado al kirchnerismo. El sector peronista, se denominó “peronismo disidente”, término que se mantiene hasta nuestros días. La alianza que se presentó en las elecciones, fue la del Gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá, hermano del ex Presidente por una semana en 2001, y ex candidato al mismo cargo en 2003; acompañado por su vocero, el entrerriano Héctor Maya. La alianza se llamó FREJULI, haciendo alusión al Frente Justicialista de Liberación, el cual llevó a la presidencia a Juan Domingo Perón en 1973, pero que en este caso, el nombre fue Frente Justicia Unión y Libertad. Los resultados de la elección los ubicaron en el cuarto lugar, con un total de 1.459.174 votos (7,64%).

Por otra parte, Elisa Carrió, quien en la elección presidencial pasada había obtenido el 14,05% de los sufragios, acompañada por el titular del socialismo, Rubén Giustiniani,  obtuvo en 2007 el 23,05%, siendo la segunda fórmula más votada. A su vez, el ex Ministro de Economía de Eduardo Duhalde y de Néstor Kirchner, en los dos primeros años de gobierno de su gestión, se presentó como candidato a Presidente de la Nación al frente de la Concertación para una Nación Avanzada (UNA), acompañado por Gerardo Morales, elegido Presidente de la UCR un año antes. Esta fórmula obtuvo el tercer lugar, con el 16,91% de los votos. Un cambio fundamental con la elección pasada, fue el resultado que obtuvo la candidatura de Ricardo López Murphy, secundado por Esteban Bullrich, por RECREAR. Quienes, con solo el 1,43%, obtuvieron el séptimo lugar, prácticamente un 15% de votos menos con respecto a la elección anterior. Aquí vemos una clara volatilidad del electorado, en donde se puede estipular que el porcentaje “perdido” por este candidato fue absorbido por Roberto Lavagna. Esto sigue mostrando la falta de representación del sector antikirchnerista por los partidos políticos y/o frentes que se presentaron, muestra la “decadencia de los partidos como agentes de mediación entre la ciudadanía y el sistema político” (Pousadela, 2004: 109)[7], y que la “relación de identificación es cada vez más débil entre líderes y partidos” (Pousadela, 2004: 110)[8].

La fórmula CFK-Cobos obtuvo el 45,80% de los sufragios, ganando las elecciones presidenciales.

Con respecto al peronismo, en esta elección alcanzó, sumando los votos del FPV y el FREJULI el 53,44%. Mostrando una vez más, el carácter mayoritario del movimiento.

Resolución 125

En el año 2008 se vivió el conflicto más grande a nivel nacional después de la estabilización post crisis de 2001. Un proyecto de ley sobre retenciones a la exportación  enviado al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo, dividió y mantuvo en vilo al país por varios meses. La resolución 125 establecía una suba en las retenciones a la soja y al girasol, disminuía las del trigo y el maíz, y establecía un sistema móvil. El conflicto que conllevo un lock out patronal, corte de rutas, desabastecimiento de las ciudades, culminó con el voto “no positivo” del Presidente del Senado, el vicepresidente radical Julio Cobos, desempatando la votación en el Senado. Este hecho marca un hito, debido a que el conflicto, como su culminación, provocó una modificación en el espectro político nacional.

Cobos, quién había sido echado de la UCR por traición al aceptar ser el compañero de fórmula de CFK, fue alzado en hombros y considerado un héroe por ese mismo partido. De buenas a primeras, el vicepresidente de la nación se convirtió en el líder de la oposición. Parece desmedido que una persona se convierta en un líder político por tan solo desempatar una votación en un recinto. Esto, es otra clara muestra de la desorientación política de la oposición. Como Julio Cobos ascendió en las encuestas, se pensó que sería el candidato a presidente en 2011 por la UCR. Nada de esto sucedió.

Este conflicto, a su vez, provocó el inicio del enfrentamiento del kirchnerismo con el grupo Clarín, por haber tomado partido de forma descarada, alegando neutralidad, a favor del campo.

Las consecuencias políticas, además de haber dado un revés muy duro al Gobierno Nacional, fueron: el final de la alianza con sectores radicales, los cuales se encolumnaron atrás de la figura del Vicepresidente, y la salida de algunos peronistas del kirchnerismo. Es en este momento cuando se comienza a cerrar el clivaje kirchnerismo-antikirchnerimo, que se verá en todo su esplendor en las elecciones de 2011.   

Elecciones Generales 2011, inicio de las PASO

Las elecciones presidenciales de 2011 traerían una innovación. En 2009 el Poder Ejecutivo Nacional elaboró y envió al Congreso un proyecto de ley denominado Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral. Este proyecto, convertido en ley el 2 de diciembre de 2009, introdujo entre otras cosas, las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), un umbral de 1,5% de votos para que las listas puedan participar luego en las elecciones generales, e  igual acceso a los medios de comunicación radial y audiovisual por los candidatos. Esto fue criticado por analistas, quienes vaticinaban la polarización de la elección, y la vuelta al bipartidismo tradicional argentino. Esto no sucedió, sino, todo lo contrario.
Al igual que en las elecciones de 2003, el Partido Justicialista fue con 3 candidatos a las PASO. El FPV llevó la fórmula Cristina Fernández de Kirchner – Amado Boudou; Unión Popular a Eduardo Duhalde, el ex candidato en 1999 y el presidente luego de la crisis de 2001 hasta 2003, acompañado por el Gobernador de la Provincia de Chubut, Mario Das Neves; y Peronismo Federal, encabezado por Alberto Rodríguez Saá y el ex Gobernador de Santa Fe, “Tati” Vernet. Unión Popular surgió luego del quiebre de la alianza entre Duhalde y Rodríguez Saá, quienes iban a presentarse en internas, pero no llegaron a realizarlas por conflictos entre los candidatos.

El sector antiperonista tradicional llevó varios candidatos en distintas alianzas. Por su parte, el partido tradicional radical (UCR), luego del abandono de la candidatura de Julio Cobos y Ernesto Sanz, lanzaron la precandidatura de Ricardo Alfonsín, acompañado por Javier González Fraga. El frente electoral se denominó Unión para el Desarrollo Social (UDESO). Lo llamativo, es que el precandidato a Gobernador de la Provincia de Buenos Aires de la lista fue, el titular de Unión Celeste y Blanco, el  pejotista, Francisco De Narváez. Aquí vemos claramente que el clivaje tradicional que reinó en la política argentina desde la segunda mitad del siglo XX (peronismo-antiperonismo), se dejó de lado, o mejor dicho, fue superado por el de “kirchnerismo-antikirchnerismo”. Este clivaje une y divide, de un lado a todos los kirchneristas, quienes tienen en común un proyecto, una identidad, y se ven representados en la figura de Néstor y Cristina Kirchner; y por el otro, todo lo contrario… todo lo que tienen en común es el sentimiento anti que los une en contra de eso. Esto, debido a la gran diversidad de sectores y personalidades.

Por otro lado, el “socialismo” se presentó como Frente Amplio Progresista, luego de una negociación truncada con Alfonsín, debido a la precandidatura de De Narváez en su lista. Quienes conformaron el frente fueron: el GEN, el Partido Socialista, el Frente Cívico, Buenos Aires Para Todos, Movimiento Libres del Sur, Corriente Nacional por la Unión Popular, entre otros. El Presidente del Partido Socialista, y Senador Nacional, Giustiniani, se alejó de quién fuera candidato por el Frente, Hermes Binner, secundado por Norma Morandini.

La Coalición Cívica–ARI quién había obtenido el segundo lugar en las elecciones presidenciales pasadas, presentó, nuevamente, la candidatura de Elisa Carrió a Presidenta, y esta vez, a Adrián Pérez como vicepresidente. Los resultados fueron muy distintos a los pasados.

Las diferencias porcentuales de las PASO de agosto, no fueron significativas con la fórmula triunfante en la elección general de octubre. En cambio si lo fue, en lo que respecta al segundo lugar. El kirchnerismo obtuvo el primer lugar en ambas oportunidades, con un 50,21% en agosto, y un 54% en octubre. En las PASO, la segunda fórmula más votada fue la de UDESO, con un 12,20%, con una diferencia del 0,08% sobre Eduardo Duhalde. Hermes Binner obtuvo el 10,18%, siendo quinto el candidato de Peronismo Federal, Rodríguez Saá, con 8,17% de los sufragios.

Con respecto a las elecciones generales de octubre, se produce una reconfiguración en el espectro antikirchnerista. El Frente Amplio Progresista obtiene el segundo lugar con el 16,87%. UDESO pasa al tercer lugar, con el 11,15% de los sufragios, un punto por debajo de la elección de agosto. Rodríguez Saá manteniendo el mismo caudal de votos (7,98% en esta oportunidad), supera al candidato del Frente Popular que obtuvo el  5,89%. Lo más llamativo de esta elección es el pésimo resultado obtenido por CC-ARI en la que la Candidata que en 2007 fue segunda, obtuvo el 1,84% de los votos, siendo superada por el Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT), encabezado por el dirigente del Partido Obrero, Jorge Altamira y como candidato a vicepresidente, el dirigente del Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS), Christian Castillo, quienes obtuvieron el 2,31% de los votos. Esto da una pauta de la falta de representación, o como dice Pousadela, crisis de representación de los partidos políticos argentinos (o frentes, o alianzas) al ver la diferencia en la elección de los candidatos en solo 3 meses. Esto, porque el sector del electorado antikirchnerista se decide en función de aquel que pueda llegar a ganarle al kirchnerismo, o salir mejor parado para el futuro inmediato.

Aquí vemos que la crisis de representación sigue vigente en el sector antikirchnerista, en cuanto a la fragmentación de votos entre los distintos candidatos, su volatilidad, la falta de identificación, etc. El sistema de alianzas que se están presentaron para las elecciones de 2013, es un claro argumento a favor del clivaje kirchnerismo-antikirchnerismo, debido a la inconsistencia de las mismas, en donde sectores disímiles se unen con la única razón de poder vencer al Frente para la Victoria.
   
Conclusiones

La crisis de representación que dio origen las políticas neoliberales iniciadas por la dictadura cívico-militar en 1976, y continuadas y profundizadas por los gobiernos de Carlos Menem (1989-1999) y Fernando De La Rúa (1999-2001), siguen estando presentes en el espectro antikirchnerista.

Néstor Carlos Kirchner logró en poco tiempo con políticas llevadas a cabo para  recomponer el tejido social y solventar los reclamos que desembocaron en la crisis de 2001, volver a que un sector de la población, por lo general de tradición peronista, pudiera volver a creer y sentirse parte integrante de un proyecto político nacional.

El peronismo ya no es más el corta aguas del electorado, el clivaje peronismo-antiperonismo ha quedado desvirtuado y pasado de moda. Debido al sucesivo aumento en el caudal de votos de este sector, siendo en la última elección del 67,83, y del 70,50% en las PASO, el clivaje kirchnerismo-antikirchnerismo toma el lugar central en la política argentina. Los frentes y alianzas que se conforman se hacen en medida de ser una posible fórmula que venza al kirchnerismo. Las elecciones que se avecinan en este año (2013), dan una clara muestra de esto. Alianzas entre sectores tradicionalmente disímiles, los cuales tiempo pasado decían que era imposible una alianza con tal o cual candidato, hoy está sucediendo. Un ejemplo claro es el de la alianza entre sectores de la Coalición Cívica (CC), conservadores y liberales, con un sector de lo que fue el Frente Amplio Progresista y el referente de Proyecto Sur, Pino Solanas. UCR, GEN, el socialismo, Libres del Sur y la CC van juntos, y de la mano en un sin sentido político. Todo sea por vencer en las elecciones intermedias al kirchnerismo, eso los une, y eso los encamina. Es imposible que un sector tan disímil como éste, pueda presentar un proyecto político y un programa coherente para llevar a cabo en caso de un posible triunfo.

El kirchnerismo representado por el FPV está fuerte, cumple con los requisitos de las funciones que Peter Mair dice que los partidos políticos han dejado de representar. Representa y es apoyado por un vasto sector de la población. En cambio, el antikirchnerismo está representado por nadie, y a la vez, por todo lo que no es kirchnerista.

El electorado antikirchnerista está desorientado, casi tanto como la oposición política argentina, sin saber a quién votar. Solo votarán a quienes entiendan, puedan llegar a vencer al Frente para la Victoria.   




[1] Quiroga, Hugo (2005), La argentina en emergencia permanente, Buenos Aires , Ed. Edhasa,
[2] Se toman en cuenta los candidatos que obtuvieron al menos el 2% en la elección. Se utilizan los datos oficiales de la Dirección Nacional Electoral en todo el trabajo.
[3] Natanson, José (2009). El universo no peronista, entre la historia y la fragmentación, Buenos Aires,  Revista Umbrales de América del Sur N° 7.
[4] MANIN, Bernard (1992). Metamorfosis de la Representación en Dos Santos, M. (comp.), ¿Qué queda de la
representación política?, CLACSO, Nueva Sociedad.
[5]Mair, Peter (1999). ¿Hay futuro para los partidos?, Roma,  Seminario de estudio “El futuro de los partidos, los partidos del futuro”. Asociación CRS/Democrática de Izquierda Dirección Nacional.
[6] Cabe recordar que durante el gobierno de Menem, un sector del PJ se va del partido, y conforma el FREPASO. Este hecho marca su diferencia debido a que no renuncian al Partido Justicialista.
[7]Pousadela , Inés (2004). Los Partidos Políticos han muerto. ¡Larga vida a los Partidos!, en Isidoro Cheresky y Jean-Michel Blanquer (comp.), ¿Qué cambió en la política Argentina?, Rosario, Homo Sapiens.
[8] Idem.

jueves, 13 de junio de 2013

Fundamentos Proyecto de Ley de Centros de Estudiantes

EXP.     D  2963 /  12-13

FUNDAMENTOS

La aprobación de una Ley de Centros de Estudiantes viene a consagrar como derecho la necesidad que tienen los  jóvenes y adolescentes a organizarse para la defensa de sus derechos e intereses. De esta manera se los reconoce como sujetos con plena capacidad de pensar por sí solos, de ejercer sus derechos sin la necesidad de ser representados por nadie.

El ser sujetos de derechos implica que cada persona tiene la capacidad de exigir que estos se cumplan y de ejercerlos con responsabilidad. Para las personas menores de 18 años, este ejercicio se refiere a los derechos que amparan a todo ser humano y a los establecidos en la Convención de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CDN).

La CDN aprobada en 1989 por la Asamblea General de Naciones Unidas, representa el consenso de las diferentes culturas y sistemas jurídicos del mundo en los aspectos esenciales de la niñez y la adolescencia. Fue ratificada en Argentina en 1990 e incorporada al texto de la Constitución Nacional con la reforma de 1994 detentando rango constitucional.

La CDN amplió el ejercicio de la ciudadanía a la niñez y adolescencia, al considerar que los más jóvenes tienen derechos ante el Estado, la familia y la sociedad. Esto significa reconocernos como sujetos de derechos con autonomía personal, social y jurídica progresiva, para ejercerlos y reclamar su cumplimiento. Esto representó un cambio de paradigma en torno a la concepción de la adolescencia.
La CDN es un tratado de Derechos Humanos que por su riqueza normativa se convierte en un programa de acción para los gobiernos y la comunidad. Cada país ratificante ha asumido un compromiso ante la comunidad internacional de tornar efectivos los derechos plasmados en la convención, entendiendo a los estados como los primeros sujetos obligados a la efectivización de los mismos. Pero no son los únicos actores obligados a mantenerla vigente, junto a los gobiernos encontramos a la familia, la comunidad educativa y otras
organizaciones intermedias.

 Es necesario concebir la participación como un proceso de construcción y aprendizaje conjunto, que contribuye al desarrollo de sociedades más democráticas. Para impulsar la participación es necesario revisar las estructuras sociales de poder, promoviendo espacios de comunicación y cooperación entre generaciones, estimulando el diálogo y el intercambio de opiniones. Los adolescentes deben ejercer su responsabilidad en la toma de decisiones y asumir las consecuencias de las mismas, esto contribuye indudablemente en su desarrollo personal, crecimiento y bienestar. La participación puede considerarse un medio para la construcción de la democracia, en tanto implica compartir decisiones que afectan la vida del individuo y de la comunidad.

La figura de los jóvenes como actores sociales,  ha cambiado a lo largo de la historia y hoy  más que nunca se desarrollan en los diversos niveles y espacios de intervención estudiantil, a la par de un creciente protagonismo en los procesos sociales, donde  van apropiándose de la palabra y de la acción.

En la escuela,  los jóvenes desarrollan gran parte de su vida, llevando adelante  diferentes procesos de aprendizaje, como su formación académica, su personalidad,  su accionar sociocultural y  su ciudadanía.

Los Centros de Estudiantes, en tanto espacio genuino de organización estudiantil, constituyen un derecho fundamental y una responsabilidad que proporciona un espacio legítimo para opinar y ser escuchado,  siendo una valiosa herramienta para la participación política en sus contextos cotidianos.

Son el ejemplo más claro del nivel máximo de participación que pueden alcanzar los estudiantes, constituyendo una instancia en la que puedan sostener sus ideas, discutir acerca  de cómo llevarlas a cabo,  dando comienzo a un proceso en el cual se organizan, se trazan metas y se ejecutan  planes.

Se trata de generar una democratización real del gobierno escolar que implique el reconocimiento de los jóvenes en tanto protagonistas, la visibilización de sus prácticas y la revalorización de su lugar activo, teniendo en cuenta que la escuela debe ser un espacio social en el que niños, adolescentes y jóvenes  puedan vivenciar prácticas que les permitan desarrollar un pensamiento reflexivo”.

Por tal motivo es que  en el Artículo Primero de éste proyecto,  se establece que el ámbito de aplicación espacial de la  Ley debe ser en establecimientos educativos tanto  públicos como  privados garantizando la igualdad de derechos  consagrados en el Artículo 16 de nuestra Constitución Nacional.

En el Artículo Segundo, más específicamente en su Inciso b, se refiere a la regularización de aquellas formas de agrupación que existen bajo el nombre de "consejos de convivencia". A los mismos se los pretende adecuar a los fines de esta Ley, debiendo los Centros ser órganos de representación estudiantil formados exclusivamente por estudiantes, ya que de lo contrario pierden el carácter de tales.

En el Artículo Tercero  se dispone la constitución de un único Centro de Estudiantes por establecimiento educativo. Aquí es necesario aclarar que un establecimiento educativo representa un concepto mucho más amplio que el del espacio físico al que comúnmente denominamos escuela.
Es necesario dejar en claro que la participación tiene distintos niveles de compromiso, de responsabilidades, y que ésta es un derecho en tanto y en cuanto sea voluntaria, en el momento que deja de serlo, ya no es más un derecho y comienza a convertirse en una obligación por eso únicamente será obligatoria la elección de autoridades, quedándole reservada al estudiante en última instancia la posibilidad de votar en blanco o impugnar el voto en caso de no sentirse representado por quienes se presenten a elecciones.

La elección de las autoridades del Centro de Estudiantes queda establecida para todas las escuelas la semana del 16 de septiembre. El establecer por Ley la fecha de elecciones permite evitar arbitrariedades por parte de las autoridades del Centro de Estudiantes y de los directivos de la escuela. El horario de las elecciones será coincidente con el horario escolar, lo que permitirá mayor afluencia de votantes y estatutariamente se podrá establecer si los comicios se llevarán a cabo en más de un día.

Se elige el día 16 de septiembre como fecha de las elecciones en homenaje a los militantes de la Unión de Estudiantes Secundarios de La Plata desaparecidos durante la               "Noche de los Lápices".

 Otro de los argumentos que sustentan la elección de la fecha mencionada es que la misma se sitúa a mediados del ciclo lectivo, por lo cual los estudiantes pueden observar cómo se han desempeñado quienes aspiren a ser las autoridades del Centro, pudiendo así evaluar mejor sus propuestas y emitiendo el voto con un mayor grado de conciencia.

La presente Ley establece obligaciones como las de convocar anualmente a elecciones y a reuniones periódicas del Centro. También hay obligaciones que están implícitas en el espíritu de la Ley como las de fomentar el respeto durante el diálogo, aceptar la diversidad de opiniones, la de mantener en condiciones el espacio físico que le proporcione la dirección de la escuela para el desarrollo de sus reuniones, etc.

El proyecto regula a su vez los organismos fundamentales para el funcionamiento de los centros de Estudiantes, entre ellos la Asamblea, institución máxima que tiene la función de representar la voluntad del cuerpo estudiantil.

Así también se fijan las funciones del Cuerpo de Delegados, representando cada curso de  la institución educativa , con la potestad de elevar las demandas del estudiantado y a su vez participar en la conformación del Estatuto que regulará la participación estudiantil en cada colegio.

Por último se instituye la función de la Comisión Directiva, principal órgano ejecutivo, el cual llevará adelante las actividades y acciones que pondere el cuerpo de representantes estudiantiles. Esta organización tiene por fin propiciar los canales de participación del cuerpo de estudiantes, promoviendo los valores políticos y sociales que surgen de un sistema democrático.
              
Entre los sujetos obligados al cumplimiento de esta Ley se encuentran las autoridades de los establecimientos educativos, que deberán garantizar a los miembros del Centro un espacio físico para el funcionamiento del mismo. Las reuniones se pueden llevar a cabo en cualquier salón del establecimiento educativo, pero se recomienda la asignación de un salón en particular donde no sólo se puedan llevar a cabo reuniones en el horario escolar -lo que permitirá la participación de un número mayor de estudiantes sino también atender reclamos y consultas de los estudiantes, como además tener la posibilidad de archivar materiales.

Entendemos que estos espacios fomentan la participación genuina del estudiantado en cuestiones que son de su interés, siendo una herramienta fundamental en el ejercicio de su espíritu crítico y en el desarrollo de las capacidades creativas. Por esto creemos necesario avanzar sobre una legislación provincial que promueva y dé marco a la existencia de los Centros de Estudiantes en establecimientos Secundarios y Terciarios, alentando su creación

en la referencia de pautas generales que garanticen un funcionamiento plenamente democrático y respetuoso de derechos.

miércoles, 12 de junio de 2013

Proyecto Centro de Estudiantes

Proyecto presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, por las Diputadas María del Carmen Pan Rivas y Patricia Cubría, y el Diputado José Ottavis, el año pasado.

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE



LEY


Articulo 1°.-  La Provincia de Buenos Aires, conforme a la Ley de Educación Nacional 26.206, garantiza y promueve la creación de los organismos de representación estudiantil bajo la forma de Centros de Estudiantes en cada una de las instituciones educativas de nivel medio y de nivel superior, ya sean de gestión estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa o de gestión social. Asimismo arbitrara los medios necesarios para el reconocimiento de los ya existentes.


Articulo 2º.-  Son fines de la presente ley:

a)      Fomentar la creación de Centros de Estudiantes en los establecimientos educativos donde no los haya.
b)      Regularizar la situación de aquellos Centros que se hubieren constituido y no funcionen de acuerdo con el espíritu de esta Ley, permitiendo que se desenvuelvan como verdaderos órganos de representación estudiantil.
c)      Fomentar la participación de jóvenes y adolescentes en actividades políticas y comunitarias con la finalidad de que puedan mejorar el entorno en el que se desenvuelven.
d)      Reconocer a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho, y a sus prácticas culturales como parte constitutiva de las experiencias pedagógicas de la escolaridad, para fortalecer la identidad, la ciudadanía y la preparación para el mundo adulto.
e)      Fomentar el dialogo entre los estudiantes como método para la resolución de conflictos.
f)        Promover la participación activa del estudiantado en la dinámica, constitución y sostenimiento de la vida democrática en la sociedad actual, desde su puesta en práctica en el ámbito escolar y no sólo como enunciación teórica.







Articulo 3º.- El Centro de Estudiantes es el órgano de participación, discusión y organización de los estudiantes de un mismo establecimiento educativo para la defensa y protección de sus derechos. Habrá un único Centro de Estudiantes por escuela.  Tienen por fin los Centros de Estudiantes:

1) Fines:
a)      Defender y asegurar el pleno ejercicio de los derechos estudiantiles.
b)     Participar de posibles soluciones alternativas a problemáticas estudiantiles que se generen.
c)      Fomentar el debate la participación y el espíritu crítico.
d)     Velar la tarea académica y administrativa de las instituciones educativas.
e)      Representar equitativamente a los estudiantes de la institución educativa.
f)       Fomentar la participación de los estudiantes en cuestiones artísticas, deportivas, recreativas y sociales.
g)      Contribuir al desarrollo de una cultura política pluralista en la búsqueda de consensos y la armonización de las diferencias a través de la discusión y deliberación.
h)      Contribuir al desarrollo de la capacidad de elección y decisión en un marco de libertad y responsabilidad.
i)        Propiciar la internalización de los valores democráticos como sistema de gobierno, garantizando la pluralidad de ideas, la defensa del sistema democrático participativo y la defensa de los derechos humanos.
j)       Respetar la equidad de género de cada establecimiento educativo en la conformación de las listas.


Articulo 4º.-  Pueden participar todos los estudiantes de una misma escuela que acrediten la condición de regulares. La participación es optativa, no así la votación de autoridades del Centro y del estatuto, proceso que involucrara a todos los estudiantes.


Articulo 5º.-  Las elecciones de las autoridades de cada Centro se llevaran a cabo todos los 16 de Septiembre o día hábil anterior o posterior en el horario escolar.

Articulo 6.- Los Centros de Estudiantes deberán darse su propio estatuto en correspondencia con la presente ley, sin otro requisito que la aprobación de la mayoría absoluta de los estudiantes mediante el voto secreto. El estatuto contendrá:

a)      Domicilio legal: el que no podrá ser otro que el del establecimiento educativo donde participa, salvo el caso de expreso de las Federaciones.
b)      Denominación social: que bajo ninguna circunstancia podrá coincidir con otro en el ámbito de una misma Federación Jurisdiccional.
c)      Objeto social: el cual deberá respetar los principios básicos establecidos en la presente ley.
d)      Situación patrimonial: informándose anualmente el estado contable del Centro o Federación.
e)      Método de reformas estatutarias: las que se realizarán con el voto de las dos terceras partes del cuerpo de delegados más una refrenda de la mayoría absoluta de los estudiantes.
f)        Régimen electoral: respetará los principios del artículo 7 de la presente ley.
g)      Forma de Disolución.


Articulo 7º.-  En los Establecimientos donde no existiese Centro de Estudiantes al momento de ponerse en vigencia la presente ley, las autoridades de los establecimientos educativos deberán convocar en cada uno de los cursos a la elección de un (1) delegado titular y un (1) delegado suplente. Dentro de los 10 días posteriores a la elección, los delegados titulares se reunirán en el cuerpo de Delegados constituyendo el Centro de Estudiantes y procederán en el mismo acto a elegir los integrantes de la Junta Electoral y a convocar a la elección de las autoridades de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes en un plazo máximo de 30 días. A partir de ese momento dicho cuerpo queda en estado de Asamblea permanente, a fin de informar al alumnado la función del Centro de Estudiantes y controlar su instancia de formación.


Articulo 8º.-  Son órganos del Centro de Estudiantes:

1) Asamblea General:
 La Asamblea General es el órgano máximo y sus resoluciones se tomarán por mayoría simple de los estudiantes presentes. La misma deberá contar con la presencia como mínimo del veinte por ciento (20%) de la cantidad total de estudiantes del establecimiento. Tiene entre sus funciones:
a)       Intervenir como órgano máximo de apelación de las resoluciones emanadas de los diferentes organismos de dirección del Centro de Estudiantes.
b)                 Solicitar a la Comisión Directiva que convoque a referéndum o plebiscito en aquellos temas de importancia para la comunidad educativa.
La Asamblea General Ordinaria sesionara convocada por la Comisión Directiva por lo menos dos (2) veces al año o un número mayor, según lo establezca el Estatuto.
La Asamblea General Extraordinaria será convocada cuando lo solicite por escrito un número de estudiantes no inferior al veinte por ciento (20%) del padrón estudiantil o cuando lo defina la Comisión Directiva, para tratar asuntos de urgencia.

2) Cuerpo de Delegados:

Al comienzo de cada ciclo lectivo, durante los primeros veinte (20) días de iniciado, en cada establecimiento educativo los estudiantes elegirán un (1) representante y un (1) suplente por curso y división, quienes conformaran el Cuerpo de Delegados. La elección de los delegados será a través de una votación en cada curso y se elegirá por simple mayoría de votos siendo el voto de cada estudiante secreto. Esta elección será supervisada por el preceptor de cada curso.

El Cuerpo de Delegados tiene como función representar a los cursos a los que pertenezcan cada uno de sus miembros, ante el Centro de Estudiantes.
Los Delegados sesionaran en forma colegiada al menos una vez al año y también cuando así lo decidan los mismos delegados o lo disponga el Estatuto del Centro de Estudiantes.
      Son obligaciones y derechos de los delegados de cada curso:

a)   Aprobar y/o rechazar el llamado a reforma del Estatuto del Centro de Estudiantes.
b)   En el caso de no existir centro de estudiantes al momento de aplicarse esta ley deberá designar a la junta electoral.
c)         Informar al curso de las medidas y resoluciones del Centro de Estudiantes.
d)           Cooperar de forma solidaria y responsable con el mismo.
e)         Controlar la instancia de formación del Centro de Estudiantes al momento de ponerse en vigencia la presente ley.
f)          Participar con voz y sin voto de las reuniones de la Comisión Directiva.
g)         Presentar ante la Comisión Directiva las inquietudes, proyectos y propuestas de su curso.
h)           Es incompatible ser miembro de la Comisión Directiva y Delegado de curso.



3) Comisión Directiva:

La Comisión Directiva es el órgano ejecutivo del Centro de Estudiantes. Su número de integrantes, derechos y obligaciones así como también sus comisiones de trabajo quedaran establecidos por el Estatuto de cada Centro de Estudiantes.
Tendrá entre sus funciones:
a)      Elaborar y presentar el Estatuto del Centro de Estudiantes para su tratamiento y posteriormente ser sometido al voto secreto y obligatorio de la asamblea. El cual deberá ser elaborado de acuerdo a las características propias de cada establecimiento, a las modalidades e idiosincrasia de su comunidad y a los distintos aspectos que conforman su realidad especifica, respetando los aspectos sustanciales de la presente ley.
b)      Presentar al comienzo de su gestión un programa tentativo de las actividades que piensa llevar adelante.
c)      Convocar a no menos de dos (2) veces al año a la Asamblea General.
d)      Remitir a las Autoridades del establecimiento copia autenticada del Estatuto aprobado con sus modificaciones y enmiendas en caso de habérsele realizado.
e)      Ejecutar las resoluciones emanadas de los órganos del Centro de Estudiantes.     
f)        Garantizar la efectiva descentralización de poder del Centro de Estudiantes con el fin de valorar el trabajo colectivo y la responsabilidad de sus miembros.
g)       Convocar a elecciones.
h)      Recibir y oficializar las listas que se presenten para la elección.

La Comisión Directiva se reunirá tantas veces como sea necesario a los efectos de cumplir con sus funciones y objetivos del Centro de Estudiantes. Para sesionar necesitara de la mitad mas uno de sus miembros. Sus resoluciones requerirán contar con la aprobación de la mayoría simple de los presentes, salvo en aquellos casos que el Estatuto indique una mayoría especial.
Los miembros de la Comisión Directiva duraran un (1) año en sus funciones pudiendo ser reelectos  en caso que el Estatuto lo establezca.


Articulo 9º.-  La Comisión Directiva deberá recibir y oficializar las listas que se presenten de acuerdo con los requisitos electorales que fije el estatuto interno, con una antelación de veinte (20) días previos a la elección.
Las mismas deberán:
a)      Contar con el aval como mínimo de 20 (veinte) estudiantes regulares del establecimiento.
b)      Tener entre sus candidatos sólo a estudiantes regulares de la institución.
c)      Contener como mínimo el número  de candidatos igual al total de cargos a elegir.
d)      Estar integradas al menos por un integrante de cada año de manera que no exista mayoría de un solo año.
e)      Contar con candidatos a Presidente y Vicepresidente de distinto año.
f)        Al momento de ser presentadas ante la Junta Electoral tendrá que ir acompañadas por la firma de cada uno de los candidatos.


Articulo 10º.-  Se constituirá la Junta Electoral quince (15) días antes de la fecha de elección que podrá estar conformada por un representante por cada lista presentada.
Son funciones de la Junta Electoral:
a)      Recibir y controlar el padrón de los estudiantes regulares,. debiendo emitir una copia a cada lista oficializada.
b)      Designar los estudiantes que habrán de desempeñarse  como presidente y vicepresidente de la o las mesas habilitadas para sufragar.
c)      Destinar diez (10) días previos al acto eleccionario, para que las listas presentadas den a conocer sus propuestas a todos los estudiantes del establecimiento.
d)      Monitorear el escrutinio, informar sobre sus resultados y proclamar a las autoridades electas.
e)      Resolver sobre impugnaciones y todo acto referido al comicio.
Cada lista presentada podrá designar un fiscal para el control del comicio en cada mesa.


Articulo 11º.-  La Autoridad Directiva de cada establecimiento educativo para la puesta en marcha, vigencia y funcionamiento efectivo del Centro de Estudiantes, deberá:

a)      Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento del Centro de Estudiantes en un espacio físico dentro del establecimiento educativo, designado al efecto y de temporalidad permanente.
b)      Será responsable de poner en conocimiento de la comunidad educativa la presente ley, asesorando y facilitando los medios necesarios para la implementación y funcionamiento del Centro de Estudiantes.
c)      Brindar el apoyo para el desarrollo de sus actividades.
d)      Las autoridades dispondrán de los medios necesarios para facilitar las elecciones de las autoridades del centro de Estudiantes.
e)      Las autoridades deberán poner a disposición del alumnado cuarenta y cinco (45) días antes de la elección y en un lugar público y de fácil acceso un padrón provisorio con el total de estudiantes regulares.
f)        Las autoridades del establecimiento deberán confeccionar y facilitar el padrón con los nombres de todos los estudiantes regulares del mismo a la Junta Electoral al momento de la conformación de esta.


Articulo 12º.-  Cualquier estudiante con el aval del veinte (20) por ciento del alumnado regular puede denunciar ante la Dirección General de Cultura y Educación, al establecimiento que no cumpla con la presente ley.


Articulo 13º.-  Los Centros de Estudiantes podrán gestionar y procurarse la personería jurídica, a los fines de establecer acuerdos con organismos provinciales y conseguir financiación para sus iniciativas.

Articulo 14º.-  Crease el Registro Provincial de Centro de Estudiantes en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación, con el fin de monitorear el cumplimiento de la presente ley y elaborar programas destinados al sector.


Articulo 15º.-   La autoridad de aplicación de la presente Ley será la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, quien tendrá a su cargo el velar por su cumplimiento y difusión. La presente Ley, al igual que las normas que se dispongan en el futuro a efectos de reglamentarla, será exhibida adecuada y permanentemente en todos los establecimientos de nivel medio y nivel superior. Asimismo, durante los primeros treinta (30) días desde el inicio de cada ciclo lectivo distribuirá un ejemplar de la presente Ley a cada uno de los estudiantes de todos los establecimientos educativos alcanzados.



Articulo 16º.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.